Retrogradación en Italia (ius variandi – tareas):
El artículo 2103 del Código Civil italiano establece límites muy precisos al derecho del empleador de cambiar las condiciones laborales de cada trabajador según las necesidades técnicas/organizativas de la empresa.
Este artículo establece que no debe dar lugar a cambios a peor (in peius) en la asignación de puestos de trabajo, tareas o reducción en los salarios y también que, si por casualidad un trabajador fuera asignado a tareas/funciones de grado superior, tiene derecho a la retribución correspondiente a las tareas/funciones de rango superior por el trabajo realizado y que, después de permanecer en dichas tareas o puesto de trabajo de rango superior durante un determinado período de tiempo establecido por el convenio colectivo aplicado, pero que no puede ser mayor a 3 meses (seis meses para el personal directivo), tiene derecho al reconocimiento permanente del puesto de trabajo, a no ser que ducha asignación temporánea fuera causada para reemplazar a un trabajador ausente con derecho a regresar a su trabajo al final de la condición suspensiva (maternidad, enfermedad, etc).
Hay una retrogradación / descalificación profesional en caso de una reducción de la calidad del puesto de trabajo de manera que a éste último no coincida con el puesto de trabajo cubierto anteriormente, o a las competencias profesionales adquiridas por el empleado.
A no ser en casos muy concretos, los trabajadores tienen derecho a exigir al Juez del Trabajo ser reintegrados en su puesto de trabajo anterior y pueden reclamar los daños y perjuicios con respecto a su imagen profesional o daños a la salud si la retrogradación / descalificación profesional ha provocado un sufrimiento físico y / o mental que (hasta poder calificarse como acoso o mobbing).